martes, 27 de octubre de 2026, 10:13:56

Bonificación a la Tasa del Buque por Mejores Prácticas Medioambientales

Datos generales del procedimiento

Denominación

Bonificación a la Tasa del Buque por Mejores Prácticas Medioambientales.

Tipo de procedimiento

Bonificaciones.

Materia

Facturación.

Objeto

Solicitud de aplicación de bonificación del 5% a la tasa del buque para incentivar mejores prácticas medioambientales, prevista en el el artículo 245.1.a) del Real Decreto 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante. (BOE 20-octubre-2011).

Órgano responsable

Dirección de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife.


Información general del procedimiento

Forma de inicio

A instancia de parte. Presentación de documentación requerida en cualquiera de las formas de presentación previstas en la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife.

¿Quién puede solicitar?

  • Consignatario.
  • Propietario del Buque.
  • Capitán del buque.
  • Armador.

Formas de presentación

  • Telemática: Sede Electrónica de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife, desde el botón Iniciar trámite en esta misma página.
  • Presencial: Descargar e imprimir el documento PDF. Rellenarlo y entregarlo junto al resto de documentos en las Oficinas de Registro de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife, sitas en Avda. Francisco La Roche, 49. 38001 Santa Cruz de Tenerife.

Plazo de presentación

Durante todo el año natural (hasta 31/12) por cada buque para el que se requiera solicitar la bonificación.

Documentación requerida

  1. Formulario normalizado. De acuerdo a la Forma de Presentación elegida.
  2. Certificado ISO 14001: Certificado ISO 14001 en vigor, emitido por una entidad de certificación acreditada para ello por organismos pertenecientes a la International Accreditation Forum (IAF) que cubra al buque específico por cuya estancia en puerto se aplique la tasa y el alcance cubra la operativa del buque en puerto.
  3. Póliza de seguro de responsabilidad civil: Póliza de seguro de responsabilidad civil del buque, en vigor, que cubra daños por contaminación por hidrocarburos.

Fases del procedimiento/servicio

  1. Iniciación: El inicio del procedimiento siempre estará motivado por la presentación de la Solicitud de Bonificación a la Tasa del Buque por Mejores Prácticas Medioambientales (solicitud y documentos aportados) a través de alguna de las Formas de Presentación admitidas.
    Esta presentación tendrá como resultado la creación de un expediente, para resolver la aplicación o no de la bonificación solicitada.
  2. Instrucción: Elaboración de informe técnico en sentido favorable o desfavorable que incluye propuesta de resolución, tras la comprobación del cumplimiento o no de los requisitos esenciales para la aplicación de la bonificación a el(los) buque(s) objeto de la solicitud.
  3. Terminación: Resolución en sentido estimatorio o desestimatorio de la aplicación de la bonificación a la tasa del buque por mejores prácticas medioambientales a el o los buques indicados de la solicitud.
    También se podrá resolver la finalización por Desistimiento o por Renuncia, previstas en los artículos 68 y 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Plazo de resolución

3 Meses.

Órgano que resuelve

Director de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife.

Efecto de silencio administrativo

Estimatorio.

Artículo(s) que regula(n) la resolución

Art. 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Recursos admitidos contra la resolución


Información vinculada a la tramitación electrónica

Sistema de identificación

Ver apartado Requisitos de acceso de esta Sede Electrónica.

Nivel de interactividad

Nivel 4: Tramitación electrónica.


Normativa reguladora