martes, 27 de octubre de 2026, 10:06:25

Recurso de Reposición de Tasas

Datos generales del procedimiento

Denominación

Recurso de Reposición de Tasas.

Tipo de procedimiento

Tributario.

Materia

Recaudación.

Objeto

Solicitud de revisión en relación a una o más liquidaciones tributarias provisionales emitidas en concepto de Tasas Portuarias, dando el carácter de recurso de reposición, de conformidad con lo previsto en los artículos 222 y siguientes de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Al interponer el recurso de reposición, no podrá promover reclamación económicoadministrativa hasta que el recurso se haya resuelto de forma expresa o hasta que pueda considerarse desestimado por silencio administrativo.

La interposición del Recurso de Reposición no implica la suspensión del procedimiento de cobro de las liquidaciones practicadas.

Órgano responsable

División Económico-Financiero de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife.


Información general del procedimiento

Forma de inicio

A instancia de parte. Presentación de documentación requerida en cualquiera de las formas de presentación previstas en la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife.

¿Quién puede solicitar?

  • Consignatario.
  • Propietario del buque.
  • Capitán del buque
  • Armador.

Formas de presentación

  • Telemática: Sede Electrónica de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife, desde el botón Iniciar trámite en esta misma página.
  • Presencial: Descargar e imprimir el documento PDF. Rellenarlo y entregarlo junto al resto de documentos en las Oficinas de Registro de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife, sitas en Avda. Francisco La Roche, 49. 38001 Santa Cruz de Tenerife.

Plazo de presentación

Un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación del acto recurrible.

Documentación requerida

  • Formulario normalizado. De acuerdo a la Forma de Presentación elegida, incluyendo en el mismo las alegaciones y haciendo constar que no se ha impugnado el mismo acto en vía económico-administrativa.
  • Liquidaciones Tributarias Provisionales objeto del recurso.
  • Escrito de alegaciones: En caso que se quieran exponer ó incluir hechos y alegaciones adicionales a las indicadas en el Formulario de Solicitud.

Fases del procedimiento/servicio

  • Iniciación: El inicio del procedimiento siempre estará motivado por la presentación del Recurso de Reposicón de Tasas (solicitud y documentos aportados) a través de alguna de las Formas de Presentación admitidas, a partir del día siguiente a la notificación del acto recurrible.
    Esta presentación tendrá como resultado la creación de un expediente, para resolver la estimación o desestimación de la reclamación.
  • Instrucción: Se somete a conocimiento del órgano competente. Elaboración de informe técnico en sentido favorable o desfavorable que incluye propuesta de resolución, tras la revisión de la solicitud y documentación aportada.
  • Terminación: Resolución en sentido estimatorio o desestimatorio al recurso de reposición interpuesto.
    En caso que el recurso se resuelva de forma estimatoria, el efecto puede ser la anulación definitiva y/o la emisión de documento sustitutivo rectificativo de la liquidación o liquidaciones tributarias provisionales objeto del recurso.
    También se podrá resolver la finalización por Desistimiento o por Renuncia, previstas en los artículos 90 y 91 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Plazo de resolución

UN (1) Mes, a contar desde la fecha de recepción del recurso.

Órgano que resuelve

Director de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife.

Efecto de silencio administrativo

Desestimatorio.

Artículo(s) que regula(n) la resolución

Apartado 3 del artículo 225 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Recursos admitidos contra la resolución

  • Reclamación económico-administrativa: Reclamación económico-administrativa (artículo 235 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria) mediante escrito dirigido a la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife.
  • Plazo: Plazo: UN (1) mes.
  • Órgano: Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife.

Información vinculada a la tramitación electrónica

Sistema de identificación

Ver apartado Requisitos de acceso de esta Sede Electrónica.

Nivel de interactividad

Nivel 3: Iniciación por medios electrónicos.


Normativa reguladora