martes, 27 de octubre de 2026, 09:15:04

Registro general electrónico

El Registro General Electrónico es el canal digital oficial que permite la presentación de documentos, solicitudes y comunicaciones dirigidas a esta Administración. Funciona como una oficina de atención presencial, pero disponible las 24 horas del día, los 365 días del año, garantizando la validez legal de los trámites mediante un justificante de registro con sello oficial.

Su uso es de carácter residual y complementario. Antes de utilizarlo, es fundamental consultar el Catálogo de Procedimientos, donde encontrarás formularios específicos diseñados para agilizar gestiones concretas.

Se debe emplear el Registro General Electrónico únicamente en los siguientes casos:

  1. Trámites no catalogados: Cuando se necesite presentar una solicitud o documento para el cual no exista un procedimiento específico.
  2. Escritos genéricos: Para remitir comunicaciones de carácter general o aportar documentación adicional a un expediente ya abierto que no disponga de una vía de aportación propia. 

Para ello se debe acceder al apartado de Registro General Electrónico.

Se debe iniciar sesión y seleccionar el modo de actuación deseado, si no se ha hecho previamente.

A continuación, se mostrará el formulario para la presentación de la solicitud. El formulario se compone de 3 pasos, en el primero se requieren los datos generales de la solicitud.

En el segundo se puede aportar documentación. Es necesario firmar toda la documentación aportada.

Por último se previsualiza el documento de solicitud que se ha generado con los datos aportados y se solicita la firma del mismo.

Finalmente se obtiene un justificante de presentación.